Opinión | Observatorio

La Administración de Justicia: relegada y maltratada

Los datos resultan evidentes: los jueces decanos han realizado diversos estudios en relación al Informe del Servicio de Inspección del Consejo del año 2023, en el que se basaba la propuesta realizada al Ministerio de Justicia, que constaba de 269 plazas de jueces unipersonales para todo el territorio nacional

Ciudad de la Justicia de Las Palmas.

Ciudad de la Justicia de Las Palmas. / Juan Castro

Del 17 al 19 de abril se celebraron en Jerez de la Frontera las XXXII Jornadas Nacionales de Juezas y Jueces Decanos de España. Como en anteriores ocasiones, se analizó la situación de la Administración de Justicia y, especialmente, el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, una mastodóntica norma que supera las ciento cincuenta páginas y que, con más de un centenar de artículos, reforma inconexamente diversas leyes. Más allá del grave estropicio que está causando la deficiente técnica legislativa en los últimos años y el abuso en la utilización de la figura del Decreto Ley por parte del actual Gobierno, en lo referente a la Administración de Justicia se pretendía adaptar nuestros juzgados y tribunales al reto de la digitalización y del uso de los nuevos instrumentos y herramientas tecnológicas, para una mejor y más eficiente gestión de los recursos públicos. Sin embargo, pese a esas supuestas buenas intenciones, el resultado final se pone en entredicho. En primer lugar, porque la publicación en el Boletín Oficial del Estado de una norma no genera, como por arte de magia, que lo establecido en el texto de la ley se cumpla, si previamente no se dota a los órganos judiciales de los medios necesarios para ello. En segundo lugar, porque estos macro-decretos que pretenden regular conjuntamente y de forma precipitada muchas materias diferentes, terminan constituyendo un galimatías inconexo y hasta contradictorio que genera, de entrada, más problemas y dudas que soluciones.

A la finalización de las citadas jornadas, los jueces decanos aprobaron un documento de conclusiones donde, inicialmente, se lamentan de que esta reforma se haya hecho sin escuchar a quienes, en el ejercicio diario de la función jurisdiccional, conocen realmente y de primera mano las necesidades y deficiencias del sistema y podían, si se les hubiese escuchado, realizar valiosas aportaciones para mejorar el servicio público de la Justicia.

Los firmantes califican la reforma de precipitada y consideran que el texto es producto de una deficiente técnica legislativa, que confunde términos jurídicos y contiene contradicciones. Literalmente, se puede leer en la valoración de Sus Señorías que estamos ante un «puzzle cuyas piezas no encajan». La denominada eficiencia digital se ha regulado obviando la realidad tecnológica de los juzgados de este país. En los últimos cuatro años se ha avanzado significativamente y es loable el esfuerzo desplegado por las Administraciones con competencias en Justicia, pero dicho avance no ha sido igual en toda España. La situación de los partidos judiciales resulta diferente dependiendo de quién ejerce esas competencias, aun dentro de cada territorio.

En definitiva, los jueces decanos se quejan de que existirá una Justicia de dos, tres o infinitas velocidades, de modo que la plenitud del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva dependerá de ese territorio donde el ciudadano impetre la actuación judicial, ahondándose en las desigualdades. Por poner un ejemplo, tras la entrada en vigor de esta norma, la participación y presencia de acusados, testigos y peritos en los actos procesales, incluido el acto del Juicio Oral, será preferentemente telemática, pero para que ello sea efectivo se requiere una fuerte inversión en recursos técnicos y un acondicionamiento y ampliación de las sedes judiciales. Sin embargo, en este caso, primero se ha aprobado la norma y se está a la espera de esa inversión y acondicionamiento. Es decir, se ha empezado a construir la casa por el tejado, lo cual siempre supone una mala decisión.

Los jueces decanos de España consideran que ha llegado el momento de que, tanto por parte del Consejo General del Poder Judicial (órgano de gobierno de los jueces) como del Ministerio de Justicia (último responsable de la creación de plazas judiciales que configuran la Ley de Planta y Demarcación Judicial), se afronte el problema considerado como la piedra angular del sistema judicial y, en consecuencia, el que afecta en mayor medida a la situación en la que se encuentra la Administración de Justicia en nuestro país: la falta de juzgados y de jueces y juezas.

El número de órganos judiciales por cada cien mil habitantes en España es muy inferior a la media europea, a lo que se suma que el índice de litigiosidad en nuestro país se muestra sensiblemente superior a la media del resto de Estados de nuestro entorno. Ello origina un retraso en los señalamientos de los juicios, en la terminación de los asuntos y en las ejecuciones de las resoluciones, lo que afecta al servicio público de la Justicia y al derecho de los ciudadanos a una tutela judicial efectiva.

Así, en la sentencia del Tribunal Constitucional 54/2014 se afirma que «por más que los retrasos experimentados en el procedimiento hubiesen sido consecuencia de deficiencias estructurales u organizativas de los órganos judiciales o del abrumador trabajo que sobre ellos pesa, esta hipotética situación orgánica, si bien pudiera excluir de responsabilidad a las personas intervinientes en el procedimiento, de ningún modo altera el carácter injustificado del retraso». Y es que se conocen y están detectadas las zonas donde la carencia de plazas de jueces implica irremediablemente una afectación de los derechos de la ciudadanía a recibir el servicio público de la Justicia en unos plazos razonables.

Los datos resultan evidentes: los jueces decanos han realizado diversos estudios en relación al Informe del Servicio de Inspección del Consejo del año 2023, en el que se basaba la propuesta realizada al Ministerio de Justicia, que constaba de 269 plazas de jueces unipersonales para todo el territorio nacional. Pero son los propios jueces los que denuncian que las necesidades reales superan las 500. Pese a ello, el Ministerio de Justicia decidió crear el año pasado únicamente 70 unidades judiciales para todo el territorio nacional, lo que da una idea de la profunda discrepancia existente en esta materia y que hará que se perpetúe la principal carencia y el gran defecto de nuestro Poder Judicial. Con independencia del color político del partido en el Gobierno y de las mayorías ideológicas que se formen en el Parlamento, la Administración de Justicia siempre ha sido maltratada, a pesar de representar un pilar esencial del Estado de Derecho. Urge, pues, que su situación cambie y que se aborde con seriedad, rigor y preocupación la terrible realidad de nuestros juzgados y tribunales.